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24 de junio de 2021

17 nuevas sustancias químicas sujetas a control: Actualización del Reglamento de la Ley N° 20.000, Decreto Supremo N° 1.358

Un aspecto relevante del actual fenómeno de las drogas en el mundo, es la utilización de distintos precursores en los procesos de fabricación de drogas ilícitas y en la adulteración o abultamiento de estupefacientes y psicotrópicos comercializados clandestinamente. Esto último, algo especialmente relevante en Chile.

De acuerdo con datos publicados por la autoridad sanitaria del país, durante el año 2020 el 88% de las muestras de cocaína analizadas contenían solo cerca de un 5% de la droga que ofrecían, mientras que el porcentaje restante es “completado” con otras sustancias químicas. Por ejemplo, la presencia de cafeína como adulterante aumentó 7 veces respecto al 2019, mientras que otros compuestos como la fenacetina y el levamisol – un analgésico prohibido y un antiparasitario, respectivamente – son actualmente detectados de forma regular en las drogas incautadas en el país.

Considerando los antecedentes disponibles, la Subsecretaría del Interior con base en el trabajo de la Unidad de Sustancias Químicas Controladas (USQC) de la División de Seguridad Pública, ha realizado una actualización del Decreto Supremo N° 1.358 (2007), Reglamento de la Ley N° 20.000, que establece las medidas de control en Chile para sustancias químicas susceptibles de ser empleadas en la obtención clandestina de drogas. La modificación suma 17 nuevos compuestos químicos, considerando aquellos adulterantes y abultantes mayormente identificados en Chile y sustancias como el 1,4 butanediol, un precursor químico que puede ser utilizado en la fabricación de la droga sintética ácido gama-hidroxíbutírico (GHB) o incluso, ser ingerido directamente en la búsqueda de efectos estimulantes.

Con esta modificación, también se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones de quienes emplean lícitamente estas sustancias en Chile, junto con favorecer el control que realiza la USQC, previniendo de mejor manera, el desvío de estas sustancias a canales ilícitos de fabricación de drogas.